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jueves, 2 de abril de 2020

Iva en la venta de vehículo usado

FUENTE: EXTRACTOS DE LAS ABSOLUCIONES DE LAS CONSULTAS FIRMADAS POR EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS  CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE ENERO A DICIEMBRE DEL 2018

Fecha: 2 de julio del 2018

Oficio: 917012016OCON001297

Consultante: CECILIA LUISA AYLLON QUINTEROS

Referencia:

IVA EN LA VENTA DE VEHÍCULO USADO

Antecedentes:

La compareciente es de nacionalidad boliviana y magistrada del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, y por su estatus diplomático, en el año 2014 importó el vehículo marca Toyota, modelo NEW RAV4 AC 2.0 5P 4X2 TM, clase Jeep exonerado del pago de aranceles, IVA e ICE, mediante Resolución No. SENAE-DDEQ-2016-0102-RE 2016, se le autorizó la transferencia de dominio del vehículo antes señalado,manifiesta que el referido vehículo será vendido a una empresa.
Consulta:

“¿Está gravada con IVA la transferencia de dominio del vehículo, motivo de la consulta, considerando que es un vehículo usado y diplomático?”.

Base Jurídica:

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, Art. 127.
Ley Sobre Inmunidades, Privilegios y Franquicias Diplomáticas, Art. 24.
Ley de Régimen Tributario Interno, Art. 52., y el Art. 63.
Resolución No. NAC-DGERCGC14-00575, 2014 del SRI, Art. 3.

Absolución:

En atención a su consulta, de conformidad con el artículo 52 y 63 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la transferencia de dominio del vehículo motivo de la consulta no gravará Impuesto al Valor Agregado, mientras no se trate de una actividad económica habitual del consultante. En caso que el adquirente del vehículo sea una persona que habitualmente realice la compraventa de vehículos automotores usados, si gravará IVA de conformidad con la ley.

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