FUENTE: Tercer Suplemento del Registro Oficial. No. 365
FECHA: 01 de agosto de 2023
A los sujetos pasivos que efectúen provisiones para el pago de desahucio y pensiones jubilares de conformidad con la normativa vigente.
(...)
Guillermo Caza: Contador Público y Abogado con más de 25 años de experiencia.
FUENTE: Tercer Suplemento del Registro Oficial. No. 365
FECHA: 01 de agosto de 2023
A los sujetos pasivos que efectúen provisiones para el pago de desahucio y pensiones jubilares de conformidad con la normativa vigente.
(...)
A los empleadores que actúen en calidad de agentes de retención en la fuente del impuesto a la renta de sus trabajadores.
Fuente: Registro Oficial No. 838
Fecha: 26
de Noviembre 2012
CIRCULAR No. NAC-DGECCGC12-00019
(A LOS
SUJETOS PASIVOS CONSTITUIDOS EN CONDOMINIO INMOBILIARIO QUE REALICEN
ACTIVIDADES ECONÓMICAS DISTINTAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL CONDOMINIO)
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
El artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador señala que las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
El artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el
régimen tributario se regirá, entre otros, por los principios de generalidad,
progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad,
equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria.
El numeral 15 del artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador
señala que es deber y responsabilidad de las ecuatorianas y los ecuatorianos
pagar los tributos establecidos en la ley.
El artículo 1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que “los diversos pisos de un edificio, los departamentos o locales en los que se divida cada piso, los departamentos o locales de las casas de un solo piso, así como las casas o villas de los conjuntos residenciales, cuando sean independientes y tengan salida a una vía u otro espacio público directamente o a un espacio condominial conectado y accesible desde un espacio público, podrán pertenecer a distintos propietarios”.