FUENTE: EXTRACTOS DE LAS ABSOLUCIONES DE LAS CONSULTAS FIRMADAS POR EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS CORRESPONDIENTES A LOS MESES DE ENERO A DICIEMBRE DEL 2018
Fecha: 2 de julio del 2018
Oficio: 917012017OCON001083
Consultante: AVÍCOLA SAN ISIDRO S. A. AVISID
Referencia:
REQUISITO DE LLENADO EN COMPROBANTES DE VENTA
Antecedentes:
El compareciente manifiesta que su representada es una compañía legalmente constituida de conformidad con las leyes ecuatorianas, que su objeto es la compra, venta y distribución de productos para el consumo humano o animal, incluyendo materias primas, insumos, bienes muebles y demás mercancías relacionadas. También indica, que por la compra de bienes y prestación de servicios recibe de sus proveedores comprobantes de venta que son llenados indistintamente con su razón social completa: “AVÍCOLA SAN ISIDRO S. A. AVISID”, razón social abreviada: “AVISID” o nombre comercial: “AVICOLA SAN ISIDRO”.
Es interés del consultante contar con un pronunciamiento de esta Administración Tributaria respecto de los requisitos de llenado de los comprobantes de venta emitidos a su representada, de tal forma poder sustentar sus costos y gastos donde existe únicamente la razón social abreviada: “AVISID”, nombre comercial: “AVICOLA SAN ISIDRO” a efectos de liquidar, declarar y pagar el impuesto a la renta, así como sustentar el crédito tributario del IVA.
Consulta:
“1. ¿Se puede considerar a la denominación AVISID S. A. o sólo AVISID como razón social abreviada de mi representada?.
2. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior ¿Pueden los comprobantes de venta o de retención, en que existe la constancia únicamente de la razón social abreviada mencionada anteriormente, sustentar adecuadamente los costos y gastos a efectos de liquidar, declarar y pagar el impuesto a la renta, así como también sustentar adecuadamente el crédito tributario a efectos de liquidar, declarar y pagar el IVA o ser válidos los comprobantes de retención respectivos?
3. ¿Las facturas o comprobantes de retención emitidas a AVÍCOLA SAN ISIDRO S. A. AVISID pueden ser llenados con su nombre comercial?
4. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior ¿Pueden los comprobantes de venta o de retención emitidos a mi representada en donde existe la constancia únicamente del nombre comercial, sustentar adecuadamente los costos y gastos a efectos de liquidar, declarar y pagar el impuesto a la renta, así como también sustenta adecuadamente el crédito tributario a efectos de liquidar, declarar y pagar el IVA, y ser válidos los comprobantes de retención respectivos?”.
Base Jurídica:
Ley del Registro Único de Contribuyentes, Art. 1.
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Registro Único de Contribuyentes el Art. 4.
Ley de Régimen Tributario Interno el Art. 103.
Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, Art. 9., Art. 10., Art. 19., y el Art. 40.
La Corte Nacional de Justicia Resolución No. 07-2016, de Suplemento del Registro Oficial No. 894 el 01 de diciembre de 2016, el Art. 3
Absolución:
Las certeras e inequívocas condiciones jurídicas y económicas para un efectivo sustento de costos o gastos para efectos del impuesto a la renta o de un crédito tributario de IVA, en el comprobante de venta y en el comprobante de retención que coadyuven a la verificación de dichos sustentos, corresponden a la identificación precisa del adquirente, en consecuencia además del número de RUC, se requiere su razón social y/o su nombre comercial siempre que se halle debidamente registrado en el RUC para los efectos tributarios pertinentes. Por tanto, los referidos comprobantes emitidos a la Compañía AVÍCOLA SAN ISIDRO S. A. AVISID como adquirente, pueden ser llenados con su nombre comercial o con su razón social, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos y condiciones de deducibilidad establecidos en la Ley de Régimen Tributario Interno y demás normativa tributaria.
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